La recientemente creada Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación, emitió sus Consideraciones sobre el proyecto de Presupuesto 2019.

Entre los comentarios aportados, instruye que –entre muchos otros- el artículo 85 del proyecto presentado por el Poder Ejecutivo “no cumple con lo dispuesto por el artículo 20 de la ley 24156, dado que no se relacionan directa y exclusivamente con la aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto. Las modificaciones propiciadas por dicho artículo, deberían impulsarse a través de otras normas legales”.

Se trata de la norma que describe cómo serán estructurados los proyectos de Presupuesto.

El citado ítem de la ley de Administración Financiera expresa que el Presupuesto “…no podrá contener disposiciones de carácter permanente, no podrán reformar o derogar leyes vigentes, ni crear, modificar o suprimir tributos u otros ingresos…”.

Resulta un dato no menor esta advertencia, porque significaría que el gravamen de ganancias a mutuales y cooperativas, no podría ser incluido en el Presupuesto.

La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) fue creada en 2016 y se presentó formalmente a mediados de este mes.  Entre sus funciones, le corresponde el análisis y evaluación de asuntos presupuestarios. La presidencia del organismo recayó en Marcos Makón, académico de larga trayectoria pública, quien precisamente ayer (jueves) expuso durante la reunión de la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados.

ESCRIBANOS UNA RESPUESTA

Por favor escriba su comentario
Por favor ingrese su nombre acá