La advertencia efectuada por la Oficina de Presupuesto del Congreso sobre la incorrección de incluir modificaciones o creación de nuevos tributos en el proyecto de Presupuesto, sigue generando la búsqueda de opiniones de especialistas en Derecho Constitucional.

En este caso, Prensa Con Opinión consultó al doctor Jorge Gentile, profesor en las universidades Nacional y Católica de Córdoba y miembro Titular de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, y además con una sólida experiencia en la materia y antecedentes que incluyen algunos pasos por la función pública.

Gentile admite que la ley de Administración Financiera impide la incorporación de tributos en el proyecto de Presupuesto, y que si se hace, implica un caso de mala praxis.

También hizo la aclaración de que “el Presupuesto es un instrumento financiero, no un proyecto de ley en sí mismo. El Congreso sanciona una ley que aprueba ese presupuesto. Entonces, lo que expresa la ley 24156 en su artículo 20, es que en el texto de ese instrumento que presenta el Ejecutivo, no puede incluirse la modificación o creación de nuevos tributos. En este caso, se trata de una mala praxis”.

Con esta perspectiva, por extensión se infiere que no corresponde ampliar el pago de Impuesto a las Ganancias a mutuales con servicio de ayuda económica.

De este modo, se suman las opiniones de constitucionalistas que avalan las recomendaciones que el director de la OPC, Marcos Makón, anunció ante la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados hace dos semanas atrás.

ESCRIBANOS UNA RESPUESTA

Por favor escriba su comentario
Por favor ingrese su nombre acá