Escribe Alberto Chichilnitzky (*)

Nuestro columnista dedica hoy su exposición a los inminentes cambios en la Resolución 11/2012 de la UIF, por los que a su juicio, significarían un cambio sustancial en el enfoque que deben poner la entidades como sujetos obligados, ante la prevención de lavado. Aparece una nueva definición: el Enfoque Basado en Riegos.

A partir de finales de 2017 la Unidad de Información Financiera (UIF), inició un proceso de actualización de la normativa de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLAyFT), que alcanzó a las Entidades Financieras y Cambiarias, las Compañías de Seguros y los Agentes de Mercado Abierto.

 La actualización procura alinear a nuestro país en los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), quien es el órgano supranacional que va adecuando la normativa a los cambios en el mercado y las nuevas amenazas que se presentan.

 El nuevo enfoque normativo tiene como característica saliente el abandono de un enfoque puramente normativo y formal en la tarea de prevención, reemplazándolo por el Enfoque Basado en Riesgos (EBR). Esto privilegia el análisis de los clientes (ya sea en forma individual o por segmentos de clientes), poniendo el énfasis en determinar si los clientes con que estamos tratando (en nuestro caso Asociados) representan para la Entidad un riesgo, en lo que hace a canalizar por su medio operaciones ilícitas. Esto nos permite, entre otras cosas, disminuir los requisitos documentales para reclutar y operar con clientes que, por el bajo monto operado, no representan riesgo alguno desde la visión de PLAyFT.

 Este no es un detalle menor porque en muchas de las actividades que llevan a cabo las Mutuales, el riesgo de lavado es realmente bajo (tal el caso de las Ayudas Económica a individuos cuyos ingresos provienen de un empleo en relación de dependencia). Pero tal como está la normativa en la actualidad, no se puede diferenciar el tratamiento documental de estas operaciones de los casos más complejos.

 Hace muy pocos días la UIF emitió la nueva normativa para los Emisores de Tarjetas de Compra / Crédito y de Cheques de Viajero, tema sobre el que diversas asociaciones empresarias de este sector venían trabajando en conjunto con la UIF y finalmente vio la luz.

 En el ámbito de la Economía  Social estamos esperando ya desde la aparición de la primera resolución que comprendió a las Entidades Financieras y Cambiarias, que la UIF modificase la Resolución 11/2012 para Cooperativas y Mutuales. En tal sentido vemos como inminente la publicación de la nueva norma para nuestro sector, la cual implicaría un cambio sustantivo en los procedimientos de prevención, pero tiene la gran ventaja de que los esfuerzos deben centrarse en aquellos casos que presentan mayor complejidad y riesgo.

 Sin embargo no puede dejar de mencionarse que así como el EBR presenta la ventaja de direccionar los esfuerzos en forma discriminada según el nivel de riesgo, la UIF ha subido la exigencia en cuanto a las auditorías anuales, conservando la figura del Auditor Interno pero complementado por un Revisor Externo Independiente, quien debe ser un profesional que acredite experiencia en PLAyFT y se encuentre inscripto en el Registro de Revisores Externos de la UIF.

 También se exige una manifestación expresa del máximo nivel de dirección de las Entidades en cuanto a la manifestación expresa de su nivel de apetito al riesgo en relación a PLAyFT, complementando esta declaratoria con la publicación y difusión entre todo el personal de un Código de Etica similar a los que exige la Comisión Nacional de Valores a los cotizantes en los mercados abiertos, con fuerte énfasis en PLAyFT.

 Las resoluciones publicadas hasta la fecha contemplan un cronograma de  implementación de las nuevas medidas que, en líneas generales, comprende un período de un año, lo cual da un margen razonable para adaptar las políticas, normas y procedimientos de cada Entidad a las nuevas exigencias normativas.

(*) Docente en la Diplomatura en Administración Financiera para Mutuales. Capacitador, auditor y asesor de entidades financieras.

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