Foto: Agencia Télam

El Banco Central decidió ampliar los plazos para presentación de cheques, y admite una segunda presentación ante valores rechazados por falta de fondos.

La medida se adoptó en consonancias con la suspensión impuesta por el Poder Ejecutivo, para aplicar el artículo 1° de la ley 25.730, que hace referencia a las multas para los libradores de cheques que sean rechazados por falta de fondos, o sin autorización para girar en descubierto.

Mediante la comunicación 6950, con fecha 1 de abril, la entidad crediticia oficial establece:

  1. Ampliar en 30 días adicionales el plazo para la presentación de cheques comunes o de pago diferido que finalice durante la vigencia de la medida de Poder Ejecutivo, hayan sido librados en la República Argentina o en el exterior.

 

  1. Admitir una segunda presentación para los cheques rechazados por causal “Sin fondos suficientes disponibles en cuenta”, de acuerdo con las normas sobre el Sistema Nacional de Pagos, cheques y otros instrumentos compensables. Esta disposición no es aplicable a los cheques generados por medios electrónicos o ECHEQ.

 

  1. Determinar que las entidades financieras no podrán aplicar comisiones a sus clientes relacionadas con el rechazo de cheques.

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