Hasta las últimas horas de la jornada el Instituto Nacional de Asociativismo mantenía gestiones ante la Secretaría de Emprendimientos y Pymes, organismo dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, para que las mutuales también puedan solicitar la certificación MiPyme.
De esta forma, las entidades serían incorporadas –al igual que las cooperativas- al acceso a las distintas líneas de crédito destinadas al pago de sueldos de su personal dependiente.
La operatoria impulsada desde el Banco Central a través de la Comunicación 6397, y ratificada en la 6946, establece el otorgamiento de préstamos a una tasa que no debe superar el 24% anual.
Una vez incluidas las mutuales, para acceder al préstamo, deberán tramitar el certificado MiPyme desde la Web de AFIP, siguiendo el siguiente instructivo:
- Entrá al sitio de AFIP con tu CUIT y Clave Fiscal.
- Entrá al Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
- Hacé clic en la opción “Habilitar Servicio”.
- Seleccioná el logo de AFIP y, en Servicios Interactivos, buscá y seleccioná el servicio “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios”.
- Hacé clic en “Confirmar”.
- Para que el servicio aparezca en tu menú, tenés que cerrar la sesión y volver a ingresar con tu Clave Fiscal.
- Entrá al servicio “PYMES”, hacé clic en “Nuevo” y controlá que la información sea correcta.
- Completá el formulario 1272 que se despliega. Para mutuales y cooperativas, seleccionar “IVA exento”.
La respuesta a la solicitud de inscripción al Registro, le llegará al domicilio fiscal electrónico declarado, quedando disponible el certificado en la bandeja de notificaciones del TAD.