Intensa actividad se desplegó en el directorio del Instituto Nacional de Asociativismo en los últimos días, lo que derivó en la aprobación de una serie de resoluciones estableciendo nuevas modalidades para cooperativas y mutuales en el marco de la emergencia sanitaria.

Aquí, un resumen de las de mayor impacto:

Resolución 1/20: Durante el período de restricciones a la circulación, se autoriza a las entidades a realizar las reuniones de los órganos directivos a distancia mediante la utilización de medios digitales y/o electrónicos, con la misma validez que las reuniones presenciales. Se deberá llevar un registro electrónico de las reuniones de Directorio desarrolladas de esta manera, dejándose expresa constancia de las personas que participaron, sin perjuicio de la confección de las Actas que se realizan habitualmente.

Resolución 3/20: Creación de las Comisiones Técnicas Asesoras, dependientes del directorio del INAES.

Resolución 4/20: Creación y fomento en los ámbitos locales del territorio nacional, la creación de Mesas del Asociativismo y la Economía Social, que vincule a los actores que basan sus prácticas en la cooperación y la ayuda mutua. Se designa como ente coordinador para estas acciones a la Dirección de Desarrollo Federal Cooperativo y Mutual.

Resolución 5/20: Creación del Banco de Proyectos de la Economía Social, donde se registrarán las iniciativas de las entidades del sector. El INAES brindará asistencia técnica para evaluar la factibilidad del proyecto e informará sobre las distintas alternativas de financiamiento mediante fondos propios o de otras fuentes públicas o privadas.

Resolución 6/20: Instauración de un sistema de pagos digital para la economía social y solidaria, a través de una plataforma digital que permita generar un sistema de cajas de ahorro virtual y gratuito para cada entidad y cada uno de sus asociados.

Resolución 7/20: Aprobación de un nuevo trámite de emergencia para la constitución de nuevas mutuales y cooperativas. La Dirección Nacional de Desarrollo con asistencia de su Servicio Jurídico formularán los modelos de documentación estándar que deberán utilizarse para el trámite de emergencia.

Resolución 144/20: Se autoriza  a las cooperativas a utilizar, en el año en curso, todo o parte del Fondo de Educación y Capacitación Cooperativa,  y a las mutuales a utilizar en el año en curso, todo o parte de los excedentes realizados y líquidos que tengan como destino la educación y capacitación mutual, a que –para ambos casos- esos fondos se destinen al apoye o financiamiento de proyectos propios y/o acciones asociativas con destino específico, a paliar necesidades originadas por la pandemia de COVID-19, en municipios o comunas en las que se encuentre radicada la sede principal o cualquiera de sus sucursales .

Resolución 145/20: Postergación de convocatorias y realización de asambleas, mientras dure la situación de emergencia y de aislamiento social.  Los miembros de los órganos de dirección y de fiscalización de las cooperativas y mutuales, permanecerán en sus cargos hasta su reemplazo por las asambleas que se realicen una vez finalizadas las medidas que impiden su normal funcionamiento institucional.

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