Esta premisa quedó consagrada en la nueva Constitución de la provincia de Santa Fe, sancionada el pasado 10 de septiembre.
De esta forma, la nueva carta magna de la provincia del litoral, deja establecido que el acceso a los medicamentos se eleva a la categoría de derecho fundamental.
Para su redacción, los constituyentes compartieron la mirada estratégica de la Federación Argentina de Mutuales de Salud (FAMSA), para fortalecer el modelo de atención solidaria en el país. Esto significa la aceptación de un principio defendido durante décadas por el sector de la economía solidaria, principalmente por las entidades vinculadas al servicio de salud.
En este contexto, el presidente de FAMSA, Juan Pivetta, había realizado un aporte particular al por entonces artículo 19 (hoy artículo 22), que se refiere a «Salud». Durante su intervención ante la Convención Reformadora de la Constitución de la provincia de Santa Fe, el dirigente de mutuales de salud participó en la Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías. Al concretarse la propuesta, Pivetta declaró que “La aspiración más importante era que la Constitución consagrara al medicamento como bien social; y con gran satisfacción finalmente así quedó redactado”.
Si bien el resultado no se atribuye únicamente a su aporte, resulta muy satisfactorio que la Constitución lo expresa de esa manera. El resto del texto del artículo coincide en gran medida con el aporte que realizó en su momento.
Esta consagración es un paso fundamental para el mutualismo, ya que respalda su misión de priorizar la salud por encima de los intereses de mercado. FAMSA, que trabaja incansablemente para defender a las entidades más pequeñas y transparentar el sistema, ve en esta reforma una base sólida para seguir construyendo un sistema de salud justo y equitativo para todos los argentinos.








